Vodafone Asnef

Buenos días.

Me ha llegado unas cartas por unas deudas de Vodafone de unas lineas móviles que calculo del año 2007 que me quede sin trabajo y no pude pagar. Las deudas ascienden a 242.82€ una y 814.24€ otra. Ahora me llego la inclusión en el Asnef por esta deuda. Actualmente no puedo pagar la deuda por imposibilidad. Mi pregunta es ¿qué es lo que puedo hacer? ¿cuales pueden ser las consecuencias del no pago?,

Gracias.

Pd: Vivo en España, me llego la carta hoy 02/02/2012.

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Respuestas

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Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Barcelona (Barcelona)

Apreciado amigo:

El problema que conlleva estar en la lista negra del ASNEF es que no podrá pedir ningún crédito pues lo primero que miran las financieras y los bancos es que el solicitante no esté incluido en ellas. Para salir de ahí la única solución que tiene es pagar y aún así, tenga cuidado y asegúrese bien de que le sacan. En cuanto a la deuda, el problema que tiene es que le reclamen vía judicial, pues eso conllevaría más gastos para usted.

Saludos,

Andrea Matías, Abogada
andreamatias@matiasabogados.com

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En este tipo de cosas pensaba que se anulaban con los años. Ahora sigo en par, si pudiera estaria encantado de pagarlo. Que me recomienda?llegar a un acuerdo de pago a plazos?

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Abogado - experto en Inmigración y Extranjeria
Con despacho en Sevilla (Sevilla)

Si pudiese ponerse de acuerdo con quien le reclama, desde luego sería lo mejor. Lo que ya no sé es si después de tanto tiempo van a aceptar un fraccionamiento del pago, pero por intentarlo no perderá nada.

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Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

Puede que esté de suerte. Y si han transcurrido 5 años desde la deuda y no ha sido requerido fehacientemente por el acreedor durante ese tiempo la deuda queda prescrita. Según el articulo 1966.3 Codigo Civil. Mirelo.
Si un juez declara prescrita la deuda ordenará la remoción de su nombre del Asnef al no existir dicha deuda.
Asegúrese del tiempo trascurrido. La carta que ha recibido era sin acuse verdad? No haga ni caso si es sin acuse. No consta en ningun sitio.
Espero haberle sido de ayuda.
Gabriel Padilla
Abogado

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Creo que sí era sin acuse, me la entregó mi padre del buzón creo. Intentare asegurarme de la fecha. Cuándo dices "y no ha sido requerido fehacientemente por el acreedor durante ese tiempo la deuda queda prescrita." ¿a qué te refieres? ¿cartas certificadas? ¿reclamación judicial?, no recuerdo ninguna de estas. Voy a asegurarme de las fechas de la facturas. En caso de que ya caduquen, o caduquen en uno o dos meses, ¿qué debería hacer? gracias

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gabri1_0.jpg
Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

Si no le envian un burofax o un requerimiento via notario antes de que prescriba la acción de reclamar la deuda y por tanto la deuda, al dia siguiente de dicho hecho debe mandar Vd un requerimiento via burofax al Asnef haciendole saber esa circunstancia y requerirles para que le excluyan del listado.
Si hacen caso omiso, deberá ponerlo en conocimiento de la Agencia Estatal de Proteccion de Datos ya que sus datos serian desde ese momento erroneos e ilegales al estar prescrita la deuda y no existir la misma.
Si tampoco lo consigue por esa via, deberá exigirlo via judicial me temo.
Reciba un cordial saludo

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