Saludos! Mi consulta es referida a mi sobrino, ya mayor de edad (18 años), cuya situación es básicamente la siguiente: es buen estudiante universitario, un chico encantador y empático al máximo nivel, responsable, sensato, y el cual hasta ahora ha vivido en una casa dirigida por un dictador, que es su padre, con el que no comparte sus incoherentes e irrazonables "normas" para estar bajo su mismo techo, lo que le ha repercutido en obligarle a marcharse de casa y buscarse la vida. Esto para él supone un problema, ya que desea ver a sus hermanos menores en privado al menos cada cierto tiempo, lo cual su padre ya se lo ha negado o sólo lo admitiría estando él delante. Estando esto así, a mi sobrino le gustaría saber si puede acogerse a algún derecho para poder ver a sus hermanos en intimidad, sin sus padres delante. Es posible? Qué le aconsejaría?
Muchas gracias de antemano.

Buenas tardes:
Se trata de una cuestión poco común. El Código civil señala que no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados. Y en caso de oposición, a petición del menor o los parientes y allegados resolverá el Juez atendidas las circunstancias (artículo 160 CC).
Realmente estos temas se suelen solucionar sin acudir al Juzgado pues no suele ser común que un padre se oponga a las relaciones de sus hijos entre sí. Pero si se llevara al Juzgado, tal y como lo cuenta, el Juez resolvería que los menores tienen derecho a relacionarse con su hermano mayor, salvo que existiera alguna otra circunstancia en el caso.
Lo lógico sería resolver el asunto amistosamente. En caso contrario, acudir al Juzgado, presentando una demanda para que el Juez autorice las relaciones entre los menores con su hermano.
Un saludo.
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