suspension de empleo y sueldo

Como causas pusieron:

-Jueves día 12 de enero de 2012, Vd. debería haberse presentado a trabajar a la 13,00h y como no aparece ni tenemos noticias suyas la subencargada … le llama y vd. mismo le comunica que se ha dormido, presentándose a la 13. 45h y dado que es le único repartidor del que disponíamos para la tienda durante esa franja horaria dicha falta de puntualidad ha conllevado un grave perjuicio para la empresa puesto que no pudimos atender a los pedidos que nos llegaban teniendo que derivarlos hacia otra tienda y ocasionando así un importantísimo retraso en la entrega de los mismos.

-lunes día 16 de enero de 2012, Vd. antes de finalizar su jornada laboral y sin que su superior directo se lo hubiese indicado, decidió guardar el ciclomotor abandonando asi su puesto de trabajo, y cuando la subencargada … le recrimina dicha acción cuestiona sus intenciones dando lugar a un enfrentamiento con ella en el cual la menosprecia llamándola “listilla”..., etc.

La empresa se ve en la necesidad de tomar las siguientes medidas, en virtud de la graduación de las faltas graves establecidas en el art, 61 art, 61,4 y 12 del convenio colectivo de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio.

Mi pregunta es:

¿es justo que me suspendan 15 dias siendo estas causas falsas?
(el jueves llegue 30 min tarde + 5 min en cambiarme de ropa, no menosprecie a nadie ni insulte, la moto tiene que estar guardada antes de finalizar la jornada y actué de buena fe)

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Abogado - experto en Accidentes de trafico
Con despacho en Burgos (Burgos)

Si considera que no es real la acusación, procede interponer papeleta en el SMAC de su provincia, si tras la conciliación no hay acuerdo entre Uds, procede que solicite abogado al colegio de abogados de su provincia que inetrponga demanda contra la empresa por disconformidad con los hechos a Ud imputados
El juez decidirá vistas las pruebas de cargo contra ud, estigos fundamentalmente, si los hechos se produjeron como constan en la acusación y la procedencia de la sanción impuesta

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Hola Paulo

en primer lugar hay que saber si los hechos que nos relatas pueden ser probados por la empresa. Seguidamente habría que valorar la clasificación y graduación de las sanciones según tu Convenio, y en función de ello valorar si la imposición de esta sanción es adecuada o no. De igual modo, sería interesante saber si es la primera sanción que recibes por parte de la empresa.

El procedimiento se inicia con la interposición de la papeleta de conciliación en el SMAC para intertar llegar a un acuerdo con la empresa. Si tal acuerdo no se produce, tendrías que valorar la interposición de una demanda.

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