REDUCCIÓN DE CAPITAL

Buenas tardes:

Se me presenta el siguiente caso:

- Una sociedad limitada, constituida por 2 socios con el 66,6% y 33,3%, respectivamente (marido y mujer).
- Durante los últimos 7 ejercicios los socios han ido ingresándose dinero a sus cuentas particulares, generándose un saldo en la cuenta 551 de 165 mil euros.
- La sociedad cuenta con un capital social de 991.000€ (aportaciones no dinerarias)

Preguntas:

- ¿Se puede hacer una reducción de capital de 165 mil euros para compensar las deudas que los socios tienen con la sociedad?
- Si los socios no tienen liquidez para devolver el dinero que han extraído ¿cual sería la mejor manera de regularizar esta situación?
- ¿Pueden hacer más aportaciones no dinerarias (inmuebles) para regularizar esta situación?
Gracias

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Abogado - experto en Empresas y Mercantil Plataforma afe
Con despacho en Sevilla (Sevilla)

¿Se trata por casualidad de un caso práctico de Universidad?

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Por desgracia no. Tengo un cliente con un saco de 165 mil euros en la 551 y no se cual es la mejor manera de hacer desparecer ese saldo.

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Abogado - experto en Empresas y Mercantil Plataforma afe
Con despacho en Sevilla (Sevilla)

Entiendo entonces que eres un profesional de la materia, por lo que te invito a ponerte en contacto conmigo en el 954987065

Saludos.

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Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

Hola,
Entiendo que si se puede hacer tal reducción de capital y las aportaciones de bienes inmuebles son perfectamente compatibles para regularizar y compensar dicha situación. Además tributan sólo al 1% como bien sabrá compañero.
Saludos.

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