Buenas, tengo una hija mayor de edad, y quisiera saber si su filiación se puede reconocer por parte de su padre en una escritura pública, o hay que ir a los tribunales necesariamente. Gracias.
Buenas, tengo una hija mayor de edad, y quisiera saber si su filiación se puede reconocer por parte de su padre en una escritura pública, o hay que ir a los tribunales necesariamente. Gracias.
Puede realizarse mediante escritura publica pero siempre con el beneplacito de la hija por se mayor de edad.
Saludos
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La filiación no matrimonial puede quedar determinada legalmente, entre otras formas, mediante el reconocimiento practicado en escritura pública, como así establece el art. 120 del codigo civil. Sin embargo, tratándose de un hijo mayor de edad no produciría efectos sin su consentimiento expreso o tácito, art. 123 c.c.
De acuerdo con el Tribunal Supremo, no es válido el reconocimiento de paternidad hecho en acta de manifestacion ante notario, pero sirve a efectos de prueba. En este sentido, se considera que puede surtir efectos para una posterior acción de filiación, según las Sent.TS. de 14-5-2004, y de 3-2-2006.
Saludos,
Carmen Garcia
Abogado Asesor