tengo la cuenta embargada por hacienda me pueden quitar el paro
tengo la cuenta embargada por hacienda me pueden quitar el paro
Buenas tardes:
Cualquier bien o derecho puede ser embargada, el paro es otro ingreso más por tanto es suceptible del embargo. No obstante hay que tener en cuenta que hay unos límites legales para proceder al embargo y solo cuando se situe por encima de esos límites y tramos %, cabrá realizarse el embargo.
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Buenas tardes. Le pueden quitar una parte de lo que cobra del paro, desde el smi hasta el doble el 30% y desde el doble del smi hasta el triple del smi el 20%. Un saludo
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Como te dicen los compañeros, depende de lo que cobres. Ahora bien, si te embargan el desempleo, puedes impedir que te embarguen la cuenta donde te ingresan ese desempleo. Suerte.
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
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Lo que perciba por prestación o subsidio de desempleo, si es cantidad inferior al salario mínimo interprofesional, no se puede embargar. Si es superior, por el exceso en un procentaje determinado según el caso.
Otra cosa es que el importe del desempleo se ingrese en una cuenta y el importe ingresado se le retenga por estar embargada la cuenta. Por lo que debería facilitar otra cuenta no embargada donde ingresarse el paro, para evitar tal posibilidad de retención.
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