propiedad inmobiliaria

Buenas noches,

Me gustaria exponer mi caso para ver si alguien podría indicarme algún camino a seguir en el caso de que hubiese alguno.

En mayo del año pasado me entregaron las llaves de un piso que se suponía debian entregarme en diciembre de 2008.

La demora, como es de suponer, fue por problemas económicos de la constructora.

A día de hoy nos encontramos con que de las dos escaleras que componen el edificio, únicamente somos tres propietarios, y el resto de pisos, en su gran mayoria se los quedó el banco que financiaba la construcción. Y los pocos que le quedan a la constructora estan a la espera de que los ejecute el banco.

Hasta el mes pasado, momento en que despues de mucho insistir conseguimos que quitaran el contador de obra, no pudimos dar de alta la luz de la comunidad, ni por tanto la de cada vivienda. En cuanto al agua, aun no hemos podido darla de alta, porque, ademas de no quitar el contador de obra hasta el mes pasado, cuando vinieron a instalar el contador de la comunidad, nos dijeron que el cuarto de contadores no reune las condiciones que por ley deberia tener, por lo que hay que realizar obras para poder darla de alta. La constructora no se va a hacer cargo, porque dicen que ya es cosa del banco, y el banco dice que ellos son propietarios igual que nosotros, y que por tanto tampoco lo pagaran,

Al intentar dar de alta la luz del garaje, nos dicen que la instalación eléctrica tampoco es la adecuada.

Nos encontramos en que después de mas de tres años esperando tener nuestras viviendas, no las podemos habitar, nadie se quiere hacer cargo de nada y no sabemos si podemos reclamar algo a alguien o obligar de algún modo a que acaben con lo que deberían haber hecho antes de entregarnos las llaves.

Les rogaría nos dijeran si hay alguna posibilidad de ello.

Gracias

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Perito - experto en Inmobiliario y Vivienda
Con despacho en A Coruña (Santiago de Compostela)

A mi entender están en una grave situación, si es que la constructora no existe o es insolvente, pero han de actuar ya. En primer lugar deben constituir la comunidad y abrir una cuenta bancaria, para lo cual es recomendable que se busquen un administrador.

El problema es que la mayor parte de la propiedad está representada por el Banco, por tanto tendrán que actuar a golpe de burofax y segundas convocatorias: Convocar a todos los propietarios, incluído el banco a la constitución de la comunidad y a reuniones periódicas, que tendrán validez en segunda convocatoria, nunca en primera porque el banco es la mayoría (la segunda convocatoria suele ser media hora después de la primera).

Una vez constituida la comunidad y asignadas las cuotas de participación (el Banco tendrá el 80% quizás), tendrán que aprobar en sendas reuniones poner las cosas en su lugar (completar el garaje para darlo de alta, la luz, el agua, etc...), teniendo en cuenta que al Banco tienen la mayoría ustedes tienen que comunicarle las distintas cantidades que el Banco, como propietario mayoritario, debe consignar en la cuenta abierta.

Con mucha paciencia podrán poner a funcionar la comunidad, pero han de tener en cuenta:

- Deben contratar un administrador de fincas titulado, que gestione todo.
- El banco pagará la mayor parte de los gastos, pero tendrán que estar requiriéndoselo.
- Para las decisiones importantes, el Banco tendrá más votos, pero no se alarmen porque para hacer cumplir la ley no le valdrá un NO.
- Deben tener mucha paciencia.

También tendrán que decidir, y ahí el Banco tomará la decisión por ser mayoría, RECLAMAR esas cantidades que no tendrían que haber pagado por su cuenta.

Espero serles de utilidad. Carlos Coto

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Abogado - experto en Familia
Con despacho en Madrid (Móstoles)

Los propietarios sin constitución de comunidad de propietarios (incluido el banco) pueden reclamar en una demanda conjunta frente a la promotora por las deficiencias encontradas en la recepción de las viviendas, que impiden la utilización de las mismas.
Si la promotora resulta insolvente habrán perdido el dinero y el tiempo, con lo cual quizás sea más razonable que constituyan comunidad de propietarios, si no lo han hecho ya, y aprueben una derrama extraordinaria para subsanar las deficiencias (el banco tendrá que pagar más por tener más propiedad) y así podrán entrar a vivir.
Suerte y como muy bien dice mi compañero más arriba, mucha paciencia, porque llevo un asunto similar y les aseguro que hace falta.

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Abogado - experto en Empresas y Mercantil Plataforma afe
Con despacho en ZARAGOZA (ZARAGOZA)

En el problema que plantea tiene una doble vertiente:
- Primero la posibilidad y viabilidad de reclamar a la promotora, constructora y el resto de agentes que hayan intervenido en la construcción, aunque dependiendo de las acciones que se ejerciten (incumplimiento contratoo las derivadas de la Ley de Ordenación de la Edificación) debería comprobar que no hayan prescrito y si son solventes las partes obligadas al pago.

- Otra situación es la creación de la Comunidad de Propietarios, que deben realizarla, ya que como comunidad tienen unos gastos que deben afrontar pago luz, agua, puesta en marcha del ascensor, etc..., que deben ser sufragados por todos lo propietarios (incluido el Banco como propietario de la mayoría).
En este punto sería necesario se pusieran en comunicación con un administrador de finca quién le indicará los pasos a seguir, y le dirigierá en la marcha de la Comunidad.
Al principio necesitarán paciencia, ya que habrá que realizar muchos pasos, por ello le insisto en que se ponga en mano de profesionales que le indiquen y realicen dichos pasos por ustedes.
Si quiere una mayor aclaración se ponga en comunicación con el despacho en adominguez@valorgttv.com (el despaho lleva administraciones de fincasy temas jurídicos)

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