hola buenas tardes, en un juicio penalcondenaron a la parte contraria a pagar las costas, debo pagar a mi abogado y procurador o debe pagarjes la parte contraria
hola buenas tardes, en un juicio penalcondenaron a la parte contraria a pagar las costas, debo pagar a mi abogado y procurador o debe pagarjes la parte contraria
Estoy de acuerdo con mi compañero.La práctica es la de abonar al letrado y al procurador su minuta, y estos, en cuanto cobren, le devuelven el dinero abonado. Esto es así, ya que en ocasiones e pago se dilata en el tiempo, y de esta forma tanto letrados como procuradores verían insatisfechas sus minutas.
Un saludo
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Lo lógico es hacerlo como dicen los compañeros, ya que es usted el que contrata al abogado y por lo gtanto el obligado a pagarle. Otra cosa es que en muchos casos se twenga la deferencia con el cliente de esperar al cobro de las costas para que el cliente no desembolse nada, pero no se le puede exigir al abogado y al procurador que esperen a la exacción de las costas, y mucho menos que asuman el riesgo de insolvencia de la parte condenada en costas.
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Buenas tardes,
Lo habitual, pero no tiene porqué ser siempre así, es que sea usted el que abone los honorarios pactados a su abogado. Y posteriormente, el dinero que reciba de la condena en costas sería para usted.
Un saludo
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