Mi comunidad de vecinos denuncio a la EMV por unos daños en el edificio y garaje. Hemos ganado en primera instancia. Todavía la EMV está en plazo para recurrir. ¿Podemos iniciar ya las obras o hay que esperar a ver si recurre la EMV o qué decide hacer la EMV? ha sido condenada a llevar a cabo la totalidad de las obras o hacerse cargo económico de las mismas.
Si fueran obras urgentes ¿habría que pedir autorización judicial?
Muchas gracias
Provincia de la consulta: Madrid
En tanto la sentencia no sea firme sólo se puede instar la ejecución provisional.
En ese procedimiento tendrán abogado. Consulte con él que es quien mejor conoce lo que se puede hacer.
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