Hola, saludos a todos.
Mi pareja mexicana y yo español estamos en trámites para casarnos en España, ella viajará como turista y en principio tenemos esos 3 meses de tiempo para llevar a cabo todas las gestiones necesarias.
Nos encontramos con el problema de que a ella en México no le expenden el certificado de empadronamiento por mayor antigüedad de 6 meses y aquí nos lo exigen por 2 años.
También tenemos la duda de como tramitar su entrada en España, si a través de una carta de invitación o por medio de paquete turístico, estancia programada en hoteles etc etc.
Agradecidos en que nos aclaren las dudas y de su ayuda por anticipado.
Un cordial saludo.

Estimado cliente, a ella no le pueden exigir la residencia de dos años en España, sólo que tiene acreditar si ha residido en España donde lo ha hecho en los últimos dos años, que es distinto.
En cuanto a la entrada desde Mexico, es indiferente en que condición se haga, los únicos documentos que le podrán exigir son el certificado de nacimiento y de solteria apostillado por el convenio de la haya o con el sello de nuestro canciller en mexico y el sello de la oficina de legalizaciones del Ministerio de AAEE en Madrid.
Reciba un cordial saludo
alonso@icav.es
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638584115
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