IMPORTE MAXIMO DEDUCCION ADQ. VIVIENDA AÑO 2011

Buenas noches:

Tengo pendiente una hipoteca por la adquisicion de vivienda habitual en el año 2009. Por ella me he desgravado en la Renta años 2009 y 2010. En la actualidad deseo hacer una cancelacion parcial del prestamo, pero dado que estamos a final de año he pensado hacerlo de modo que en este ejercicio 2011 hacer una cancelacion por lo maximo permitido para desgravacion y otra parte el año proximo con el fin de que desgravarme en lo maximo permitido.
Si como he podido leer el maximo permitido sera de 9040 € para bases imponibles de 17.000 € o minorando un porcentaje hasta los 24.000 €.
¿ A que se refieren esta cantidad (9.040 €) al importe con derecho a deduccion o directamente al importe de la deduccion?
Por otra parte, el que uno de los tres miembros (padres y un hijo) de la unidad familiar tenga un grado de minusvalia superior al 33 % ¿ altera este maximo permitido ? y por ultimo ¿como poder comprobar la base imponible del ejercicio 2011?

Gracias por anticipado

Mas consultas sobre

Respuestas

Dibujo_1.JPG
Abogado - experto en Alquileres
Con despacho en Zaragoza (Zaragoza)

Para la deducción por adquisición de vivienda habitual o por las cantidades que se depositen en entidades de crédito, en cuentas que cumplan los requisitos de formalización y disposición que se establezcan reglamentariamente, y siempre que se destinen a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, en ambos casos se establece una limitación antes inexistente solamente podrán optar a ello los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Además se establece otra limitación complementaria antes inexistente:

La base máxima de esta deducción será de:
a) cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales
b) cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales

Así mismo se establece que los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales

Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

Si esta respuesta le ha ayudado puede   recomendar este abogado

Votos: 0

Bueno, quedo enterado que al comprar mi vivienda en 2009 no tengo mas limite que lo que establece el art. 68 que cita, ¿pero de que ley? Aun asi, ¿no podria indicarme sin tener que verla, si es sobre un valor puntual que aparezca en la declar. de renta?.

Un saludo

Votos: 0

Dibujo_1.JPG
Abogado - experto en Alquileres
Con despacho en Zaragoza (Zaragoza)

Si hace la declaración con el programa PADRE esa cifra la proporciona la aplicación.

Si esta respuesta le ha ayudado puede   recomendar este abogado

Votos: 0

Añade tu respuesta o comentario

El contenido de este campo se mantiene privado y no se mostrará públicamente.
CAPTCHA
Esta pregunta se hace para comprobar que es usted una persona real e impedir el envío automatizado de mensajes.
12 + 1 =
Resuelva este simple problema matemático y escriba la solución; por ejemplo: Para 1+3, escriba 4.
Enviar una consulta gratis
  • Más de 20.000 consultas enviadas
  • Más de 2.600 profesionales a tu disposición: Abogados, procuradores, notarios, peritos ...
  • Sin compromiso de contratar sus servicios
Enviar una consulta gratis
  • Más de 20.000 consultas enviadas
  • Más de 2.600 profesionales a tu disposición: Abogados, procuradores, notarios, peritos ...
  • Sin compromiso de contratar sus servicios

Profesionales que te pueden ayudar

Abogado de Impuestos personales
La Rioja (Logroño)
8 ptos
Abogado de Impuestos personales
BARCELONA (BARCELONA)
5 ptos