Impago de parte de hipoteca

Hola, tengo un piso con mi mujer pero me quiero divorciar. Mis padres son avalistas. Ella trabaja para las fuerzas de seguridad del Estado por lo que es funcionaria y cobra cerca de 2000 euros por catorce pagas. Sus únicos gastos son la hipoteca a medias (unos 700 euros cada uno) y unos 200 euros de su coche. Yo cobro 950 por 12 pagas. Mis dudas son:
- Si ella deja de pagar y se demuestra que yo no puedo pagar sólo la totalidad de la hipoteca (1400 euros), ¿el banco embargaría antes su sueldo de funcionaria o a mis padres como avalistas que son?
- Si la denuncio por impago ¿puede llegar a oídos de sus jefes su condición de morosa? Es decir, ¿la denuncia podría trascender al cuerpo al que pertenece perjudicando su reputación?
- ¿Entraría ella en alguna lista de morosos que le perjudique al intentar adquirir otra propiedad en el futuro?
En definitiva, ¿le perjudica de alguna manera el dejar de pagar o se irá de rositas si lo hace?

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Respuestas

Dr_Nour_Hanzal_20.jpg
Abogado - experto en Inmigración y Extranjeria
Con despacho en Valencia (xx)

Creo que el chantaje peoría las cosas, es conveniente llegar a un acuerdo para resolver el problema de forma amistosa, ya que a quien quiera quedarse en el piso debería pagar la hipoteca

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Gracias, pero no es chantaje, si no "presión" ya que lleva tres años viviendo allí y yo en casa de mis padres y en la posición aventajada que tiene es imposible llegar a un acuerdo con ella. Sólo obtengo negativas por su parte cuando intento tratar el tema de forma amistosa.

Me gustaría solicitar el uso y disfrute de la casa o pedirle el divorcio pero me da miedo que deje de pagar su parte como represalia. Como ve, me tiene asfixiado.

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Dr_Nour_Hanzal_20.jpg
Abogado - experto en Inmigración y Extranjeria
Con despacho en Valencia (xx)

aunque no soy especializado en el tema, suele ocurrir que los que salen ganando del tema contencioso son los abogados "que me esculpen"
su situación esta mal por sus padres, la suerte que no hay hijos. el piso es cosa común de los dos y como cualquier sociedad proceda su liquidación, le aconsejo solucionar el problema del piso con el banco salvando sus padres y renunciando la parte que le corresponde en el piso a cambio del coche. se trata de un calculo con un poco de sacrificio.
le deseo suerte.

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

En primer lugar, al Banco le da igual quien ha dejado de pagar, si le debéis dinero demandará a los titulares y a los avalistas. Ella si cobra 2000 €, le embargarían 566 € al mes. Así que me parecería absurdo por su parte optar por dejar de pagar la hipoteca.

Si no se paga, el crédito impagado constará en el CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España), y eso impedirá que le conceda cualquier Banco o Caja préstamo alguno. Pero también estará usted.

Si usted se hace cargos de toda la hipoteca, usted podrá demandarla a ella para que le devuelva lo que ha anticipado.

Si se divorcian, y se hace de mutuo acuerdo, lo que es aconsejable, en el convenio regulador se tendrá que liquidar la sociedad de gananciales, si es que ustedes están casados en dicho régimen, y tendran que decidir qué hacen con el piso, si es que es ganancial. De todas maneras, si ella no quiere la vía amistosa, se puede utilizar la vía contenciosa, incluso puede forzar a que se reconduzca a mutuo acuerdo si ella ve que usted está decidido a liquidar el piso iniciando el procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales, a través de la formación del inventario.

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Nosotros estamos casados en régimen de separación de bienes, no sé si eso cambiaría la cosa.
He oído que lo que tengo que hacer es incluir la obligación de pago de la hipoteca en la sentencia, de esa forma si no paga supone un incumplimiento de sentencia y se puede pedir la ejecución (con lo cual le embargarían su parte de la nómina, supongo).
Otra duda que tengo es, hasta el momento nosotros ingresamos el dinero de la hipoteca cada mes en la misma cartilla con lo que no se diferencia si hemos pagado a partes iguales o uno ha puesto más que el otro. A partir del divorcio ¿se diferenciará de alguna manera el importe que satisface cada uno para poder denunciar en el caso de que ella no pagara?

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

Estando casados en separación de bienes, puede solicitar en cualquier momento la venta judicial del piso.

En puridad no se debería incluir en la sentencia este tipo de gastos, y así reza la constante jurisprudencia, aunque hay compañeros que intentan incluirlas como medidas económicas de los arts 90 y ss. del Código Civil, y hay algún juez que las acepta.

Debería guardar los resguardos de todos los ingresos para acreditar que es usted el que paga, y más si paga la parte de ella, y a ser posible poniendo su nombre como ordenante del ingreso.

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¿Venta judicial es lo mismo que subasta?

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

Si ninguno de ustedes adquiere la parte del otro, o no se encuentra tercero comprador, acabará subastándose, pero iniciar los trámites podría servir para que su mujer acepte vender el piso o que se haga con su parte. Si el odio hacia usted no la ciega, tendrá que entrar en razón.

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Muchísimas gracias Don Carrero Blanco. Sus aclaraciones me han sido de gran utilidad. Sólo me queda preguntarle si conoce algún buen abogado en Barcelona en esta materia. Gracias de antemano, un saludo.

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

De Barcelona no, aunque le tengo que decir que cualquier Abogado de España puede ejercer en cualquier Juzgado, no sólo en el ámbito territorial del Colegio al que pertenece.

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Ya pero en el caso de que yo estuviese interesado en contratar, por ejemplo, sus servicios, ¿de qué manera se elaboraría el presupuesto o se estudiaría el caso de manera conjunta? Parece que lo veo más complicado por la distancia, ¿no?

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

Obviamente tendría que computar en el presupuesto los posibles traslados a Barcelona, pero si quiere que le haga un presupuesto hágame una consulta privada diciéndome para qué servicios me requiere, es decir si es divorcio sólo, o divorcio más venta judicial del piso, y el valor aproximado del piso en caso de que quiera venderlo.

De todas maneras, podría pedir presupuesto a los abogados de Barcelona que estén apuntados en esta página o buscando por internet páginas de abogados barceloneses. Y luego compara los precios y decide por el que crea conveniente. Eso sí es importante que el abogado que escoja confíe en él.

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Abogado - experto en
Con despacho en MALAGA (SAN PEDRO DE ALCANTARA-MARBELLA)

Lamentablemente cuando se deja de pagar una cuota de hipoteca, el banco reclamará a todos los titulares y avalistas, ejecutará la hipoteca vendiendo la vivienda en pública subasta y si el precio de adjudicación no cubre la totalidad de la deuda, mas intereses y gastos judiciales, continuará el procedimiento contra todos nuevamente, embargando todo lo que encuentre que pueda prestar cobertura al resto de la cantidad reclamada.

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Ah, pues yo pensaba que el banco primeramente embargaría las nóminas de los titulares y que en el caso de que esta cantidad no cubriese las mensualidades ya embargaría el piso y que los bienes del avalista ya serían el último recurso.

Busco abogado en Barcelona que piense que mi caso se puede resolver sin necesidad de tener que llegar a subastar el piso. Me conformo con que sea el juez quien ponga un precio al mismo más razonable que lo que ella pide o nos conceda el uso y disfrute a uno de los dos o cualquier otra solución que por mi desconocimiento se me pueda escapar, pero si la subasta es la única opción prefiero desistir porque así perderán también mis padres y esa no es mi intención.

Un saludo.

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

Depende de qué tipo de avalista sea, si tiene beneficio de excusión, primero tendrán que acudir a los titulares, y si estos no pagaren lo que debe, acudirán a los avalistas. De lo contrario, pueden demandarles junto con los titulares.

Y el abogado que busca no puede, o no debería, decirle que, en caso de que ella se niegue a vender el piso o comprarle su parte o usted la suya, no acabará en pública subasta. De todas manera, creo que ella acabará cediendo porque no creo que quiera ella perder dinero en la venta.

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Abogado - experto en
Con despacho en MALAGA (SAN PEDRO DE ALCANTARA-MARBELLA)

Compañero, tu sabes como yo que los bancos nunca suscriben escrituras de hipoteca con pérdida de garantias. En mis 20 años de experiencia y soy abogado externo de banco desde 1990, jamás he visto una escritura en la que se incluya a un avalista con el beneficio de excusión, lo cual me ha llevado a pensar que al igual que términos como la "enfiteusis", son conceptos que jamás me voy a encontrar en la práctica.

Como suele ocurrir, mañana me viene un tema nuevo y seguro que incluye cualquiera de lso conceptos que acabo de comentar. "Ley de Murphy", la Ley rituaria que nunca estudiamos en la carrera.

Saludos

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yo_jurando.JPG
Abogado - experto en Juicios
Con despacho en Asturias (Infiesto)

Compañera:

Sólo comentaba esa posibilidad, que se tiene salvo que expresamente el fiador se obligue solidariamente, que es la fórmula que los Bancos y Cajas utiliza.

Saludos

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Abogado - experto en
Con despacho en MALAGA (SAN PEDRO DE ALCANTARA-MARBELLA)

Así es compañero, sólo intentaba introducir una nota de humor en nuestra dificil y seria profesión.

Saludos

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LaclaustraM_0.gif
Abogado - experto en Impagados y Quiebras Plataforma afe
Con despacho en Madrid (Madrid)

Saludos al consultante y a todos los compañeros.

También somos abogados de banco desde 1991, y es cierto que las entidades financieras habitualmente ejecutan primero la hipoteca y luego, si no cubre y queda resto (actualmente es lo habitual), continúan contra titulares y avalistas. PERO este "orden de proceder" no es un orden legal prestablecido, ni vinculante, Sr. consultante, y últimamente se están viendo por los Juzgados algunas (pocas, eso sí) reclamaciones ejecutivas no ceñidas exclusivamente a la ejecución de bienes especialmente hipotecados, o para que me entienda el consultante, que es de lo que se trata siempre, algunas entidades están ejecutando contra todo a la vez (inmueble, personas físicas titulares o avalistas: o sea, también desde el primer momento salarios, pensiones, vehículos...). No pretendemos alarmarle, en realidad no se produce sino en casos contados que conozcamos, pero la dichosa Ley de Murphy está ahí.

www.laclaustraabogados.com

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