Hola.
Mi madre fallecio hace 17 años en Barcelona y mi hermano y yo renunciamos a la legitima a favor de mi padre que quedó como heredera único. Esta renuncia la hicimos para que mi padre pudiera tener acceso a la mitad del dinero de las cuentas que hasta la muerte de mi madre eran de los dos. La Caixa le pidió a mi padre que nos solicitara renunciar y aceptamos.
Entre los bienes que mi madre tenía a su muerte, estaba 1 parte del piso en Madrid que tenía su padre (mi abuelo) que habia muerto años antes. Nuestra renuncia a la herencia fue forzada para dar acceso a todo el saldo de las cuentas a mi padre. No pensamos que eso pudiera incluir la herencia del piso de mis abuelos maternos.
De hecho, mi abuela materna lo ha tenido en usufructo desde la muerte de mi abuelo hace ahora como 25 años.
Ahora que mi abuela de 103 años se va a mudar a una residencia, se va a vender el piso y para poder venderlo nos han pedido escriturarlo de acuerdo a la herencia.
La duda es quien es el propietario de la parte del piso que correspondía a mi madre. Mi padre porque renunciamos a la herencia en su favor. Mi hermano y yo porque nuestra renuncia no tenia en cuenta la parte del piso que le corresponderia cuando éste se vendiera. O hemos perdido el derecho a la parte de mi madre tanto mi padre como mi hermano y a esto solo tienen ahora derecho los hermanos de mi difunta madre.
Sería conveniente revisar el documento de renuncia a la herencia de su madre porque puede ser que no se tratara de tal renuncia sino de admitir la cautela socinii (o permitir que su padre tuviera el usufructo vitalicio de los bienes de su madre).
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