Hola,
Estoy separado de mi primera mujer desde hace diez años y divorciado desde hace cinco. En el convenio regulador (sin fecha de finalizacion) fijamos de mutuo acuerdo que yo me hacia cargo de todos los gastos de nuestras dos hijas (universitarias). En el reparto ella se quedó con la casa, el coche y sin ningún gasto (ni hipoteca, ni préstamo ni nada). Además acorde pasarle una pension compensatoria de 1.000? que, en el divorcio, bajamos a 600?. Ella trabaja y cobra un sueldo de unos 3.000? mensuales, además tiene un ingreso extra de un alquiler de otro piso. Ahora estamos en juicios para suprimir esa clausula y dejar de pasarle la pension pero me dice mi abogada que al no haber un cambio sustancial de las condiciones (ella ha trabajado siempre y siempre ha cobrado lo mismo) puede que fallen a su favor. ¿es esto real?¿puede ser la justicia tan injusta?

Tiene razón tu abogada en cuanto que es necesario un cambio de circunstancias para modificar las medidas decretadas de común acuerdo en el divorcio. Si cuando se pactó la pensión compensatoria para ella tenía los mismos ingresos que ahora, no va a ser fácil suprimirla. No obstante siempre se pueden "barajar" otros elementos, por ejemplo los ingresos del alquiler del piso (ignoro si existían en el momento del divorcio), algún cambio en relación con las hijas, alguna disminución en tus ingresos que suponga un empeoramiento de tu economía, etc.
En todo caso lo legal y lo justo no siempre coinciden.