Hola, mi caso es que a principio del 2010 me pagaron con tres pagares de los cuales solo pude cobrar uno por no tener fondo. Tras dar las explicaciones necesarias e intentar quedar con quien los emitio (mi ex jefe) para que me pagara lo que faltaba y no conseguirlo( me cito en varias ocaciones y nunca acudio a ninguna de las citas) finalmente me dejo de coger el teléfono. Me averigue que hacer con un abagado, pero por no contar con el dinero que me pedia no pude iniciar un reclamo legal del pago de los mismos. Mi duda es si aun estoy a tiempo de reclamar o pasado un tiempo no se puede hacer, o sea, ¿Hay un tiempo limite para proceder al reclamo del pago? Y otra cosa, los dos pagares suman alrededor de 850? ¿me conviene invertir dinero en intentar cobrarlo, o solo me va a acarrear gastos que no recuperare y un sinfín de tramites que por ese dinero no se justifican? Muchas gracias por sus respuestas, un saludo.

Según cuenta el librador es su ex jefe, y de acuerdo con el art. 88 de la Ley Cambiaria y del Cheque por remisión del art. 96 del mismo cuerpo legal, las acciones del tenedor "contra el librador prescriben al año contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente, realizados en tiempo hábil o de la fecha del vencimiento en las letras con cláusulas "sin gastos".
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