Despido objetivo improcedente

Buenas :
En mi empresa se estan dando una serie de despidos individuales que los categorizan como despido objetivo improcedente.
Estan ofreciendo 20 dias alegando como causa bajada de produccion.
Ademas los altos cargos se estan llevando variables y ademas se esta contratando a gente por otro lado.
La empresa pertence a un grupo internacional la cual si esta dando buenos resultados, la que no da buenos resultado es la delegacion española.
Con estos datos queria saber si con la nueva ley de reforma laboral 2010:
1º) Si nuestros contratos son indefinidos con despidos de 45dias (ya que son contratos anteriores de la anterior reforma laboral de Aznar que ponian 33 dias) ¿¿nos pueden despedir con 20 dias o con 33 dias alegando causas de produccion , y no darnos los 45 dias que corresponde por contrato??
2º) No nos estan avisando por escrito con 1mes de antelacion, como en teoria dice la reforma laboral que debe hacerse para poder hacer un despido de este tipo. ¿Esto podria servir en caso de juicio para luchar por los 45 dias?.
3º) El despido no es colectivo y la empresa es de 1000 empleados ¿Cuantos despidos puede haber de este tipo sin que se considere despido colectivo?
4º)En caso de estar con jornada reducida por guarda y custodia de niño menor de 8 años ¿Estas afectado por este tipo de despido?¿Si vas a juicio se consideraria despido nulo?
Muchas gracias de antemano
Un saludo

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Abogado - experto en Trabajo y Laboral
Con despacho en BILBAO ( BIZKAIA ) ()

PARA DESPIDO COLECTIVO, 30 TRABAJADORES, DESPEDIDOS POR OBJETIVO y POR IMPROCEDENTE ( fines de contrato o bajas volunatrias no cuentan ).

podrán despedir con indemnización de 20 días año, si se cumplen requisitos de forma y de fondo.

según la reforma laboral, el preaviso es de 15 días, y la empresa si no respeta, debería sustitur el preaviso por dinero.

hay que analizarlo todo bien, con datos, información, documentos... y un foro de internet es un medio inútil.

-------

en todo caso, la respuesta sólo es una mera opinión, sin ningún valor jurídico / legal ( al no haber abono de honorarios, no actúo como su abogado ) y es usted quien debe decidir qué es lo que debe hacer y cómo debe actuar, y usted deberá asumir los efectos y consecuencias que correspondan, sin que pueda entenderse que poseo responsabilidad alguna por haber dado esta respuesta.

reciba un saludo.

Asier, abogado en Bilbao ( asier2002@hotmail.com ).

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