Decleración de herederos

Saludos,
Ha fallecido mi madre, no tenía testamento hecho, tal como indica el certificado del registro de ultimas voluntades.

Tenía el 100% del dominio de un piso, que lo queremos vender. El piso tiene un valor catastral de 12.000€
Heredamos 4 hermanos (sin juez de por medio).

Además dispone de unos ahorros en el banco de unos 3000€

Queremos desbloquear la cuenta del banco para hacer frente al resto de gastos, ¿como puedo calcular el precio aprox. de la declaración de herederos ante el notario?

¿Cual es el proceso para disponer de los fondos del banco? ¿cada uno va con un acta de declaración de herederos y retira su parte? ¿como se procede a abonar el impuesto de sucesiones?

Gracias por la ayuda.

Un saludo.

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Respuestas

Ramon_3-1.JPG
Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en TARRAGONA (REUS)

Si hay bienes inmueblesm tienen que hacer el tramite ante un Notario de la zona donde residia su madre difunta. Con los importes indicados, seguramente no tendran que pagar Impuesto de Sucesiones.
Solo los costes del Notario y Registro de la propiedad. Acuda a un notario para saber lo que les va a cobrar.
Si necesita un asesoramiento mas concreto puede contactar conmingo
Ramon
abogados@tint.org

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Fotografia_12.jpg
Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en S/C TENERIFE (PUERTO DE LA CRUZ)

Hola: primero tiene que instar un declaratorio de herederos en el juzgado o notario del último lugar de residencia de su madre. A falta de testamento serán nombrados los cuatro hijos como herederos forzosos por partes iguales. A continuación hay que ir al Notario y hacer la aceptación y adjudicación de herencia por parte de los cuatro hermanos y al mismo tiempo. Si alguno no quiere la herencia tiene que repudierala para que su parte se reparta entre los demás. Es posible que alguno tenga más interés en una cosa o enotra, con lo que es posible que hablen entre los hermanos y se queden tres con el piso y el cuarto con el dinero, por ejemplo. Solo una vez que hayan hecho la escritura notarial y la hayan llevado a la oficina liquidadora del impuesto de sucesiones para declarar la escritura y por dicho concepto, se podrá inscribir el piso a nombre de los herederos por cuartas partes indivisas iguales (si se lo adjudicaron así en la escritura) así como solicitar el pago al banco, que deberán hacer acreditando los documentos anteriores y el pago o declaración de impuesto para que los servicios jurídicos del banco den luz verde para el pago, que será por cuartas partes del saldo (si así fue la adjudicación) a las respectivas cuentas y bancos que ustedes indiquen.
Si declaran 12.000 euros de piso y 3000 euros de saldo, y teniendo en cuenta la deducción familiar, van a quedar por debajo del importe exento cada heredero. Pero tenga en cuenta que Hacienda no toma el valor catastral sino el real, de mercado, según sus tablas, y ese suele ser sensiblemente superior al catastral, por lo que hay un riesgo de que Hacienda revise el valor y que el alza determinada suponga el pago posterior de un importe por impuesto de sucesión más intereses. Esto ya lo pueden ir previendo haciendo un cálculo según el valor de mercado del inmueble. A eso le suman los 3000 euros del saldo al día de fallecimiento. Y a todo ese le suman un 3% de ajuar. La totalidad del valor la dividen entre 4 y a cada parte le restan el importe de deducciones, que varía según la Comunidad Autónoma (hay incluso Comunidades Autónomas que han eliminado el impuesto de sucesiones o que lo han reducido a un simbólico 0,01%), en cuyo aso habrá que tener en cuenta además la residencia habitual tanto del fallecido como de los herederos.
Saludos y suerte.
Javier Ruiz-Ayúcar (Abogado)

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