El Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entró en vigor el 19 de diciembre de 2018, quedaba derogado a los 35 días, al no ser convalidado en sesión extraordinaria del Congreso el día 22 de enero de este año, con sorpresa para todos porque en pocas ocasiones esto había sucedido.
El debate jurídico que se ha suscitado ha sido tremendo ¿Qué sucede con los contratos firmados en dicho periodo? ¿Qué Ley se aplica a partir de la derogación? Surgieron muchísimas opiniones, y aún continua la polémica. Unas indican que estos arrendamientos son nulos, otros que nos encontramos ante un vacío legal al ser derogada la norma, y otras, que tal Texto normativo fue aprobado, estuvo en vigor y en consecuencia, tiene efectos para los...