alquiler en el plazo de usucapion

Si el usucapiente alquila la vivienda dentro del plazo necesario para la usucapion,¿se interrumpe la usucapion durante el plazo alquilado? gracias.

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Respuestas

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Abogado - experto en Empresas y Mercantil Plataforma afe
Con despacho en Sevilla (Sevilla)

La ususcapión, o prescripción adquisitiva, se interrumpiría porque el arrendamiento por el presunto usucapiente estaría reconociendo la propiedad del dueño y su falta total de derecho a adquirirla.

Saludos.

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Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

Hola,
Ya no solo se reconocería que el propietario es otro o no, si no que faltarían2 requisito sinequanon para poder usucapir un bien, que son:
1.- la posesión ininterrumpida.
2.- Poseer el bien a título de dueño y no de arrendador. Ahi comenzaria a computarse el plazo, dependiendo de cual usucapión se trate, si la de con justo título o sin él o entre presentes y ausentes.
Saludos.
Gabriel Padilla
Abogado

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Abogado - experto en Separacion y Divorcios
Con despacho en Huelva (Huelva)

Sería tal como dicen mis compañeros si el usucapiente es el arrendatario, pues no estaría poseyendo en concepto de dueño. Pero si fuera el arrendador (no subarrendador) sería una manifestación clara de que su posesión sí es en concepto de dueño y, como tal, ejerce sus facultades dominicales libremente,de forma pública y sin oposición alguna, realizando los contratos sobre el inmueble que cualquier propietario podía hacer sobre sus propios bienes, incluido el arrendamiento del mismo a terceros, con lo que se vería reforzada su posición a efectos de la usucapión.

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Deduzco que si cojo una casa que no es mia y la alquilo como si la fuera a un tercero por un plazo por ejemplo de 31 años, no solo gano todas esas rentas mensuales de los 31 años si no que encima me apodero por usucapion.¿Es asi?

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Abogado - experto en Separacion y Divorcios
Con despacho en Huelva (Huelva)

Con ese plazo no le hace falta ni buena fe (no la tendría desde el momento en que sabe que no le pertenece) ni justo título para acceder a la propiedad del inmueble.

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Se que me hago pesado pero es un caso real,pasado 12 años desde que empece a alquilar esa vivienda el verdadero dueño fallece y pasa la herencia a su heredero. ¿vuelve a empezar a contar el tiempo de usucapion al cambiar el propietario registral? muchisimas gracias por las respuestas que me habeis dado hasta ahora.

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Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

La prescripción se interrumpe por cualquier acto posesorio del titular registral, el aceptar la herencia sería un acto, requerirle a vd para que le abone las rentas pasadas seria otro, pagar el IBI seria otro por ejemplo...
Saludos

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Abogado - experto en Separacion y Divorcios
Con despacho en Huelva (Huelva)

¿Y si Vd. sabe que el inmueble no le pertenece por qué tiene tanto empeño en despojar a su legítimo propietario? Aparte de la usucapión, debería indagar sobre la buena fe y el contenido ético del derecho.

P.S: No es que sea un iluso después de más de 20 años de ejercicio. Conozco de sobra su respuesta a la pregunta que le hago. Es solo por si le hago pensar sobre ello. La codicia es mala consejera.

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Tengo que aclarar que e estado escribiendo estos contenidos como si fuera el usucapiente, por que haciendolo desde el punto de vista del dueño registral perjudicado no conseguia encontrar un rayo de esperanza para encarar esta situación,"soy el propietario registral" y necesito saber que posibilidades tengo de recuperar mi casa antes de embarcarme en juicios, pues no me gustaria encima de gastarme los ahorros facilitarle al caradura del usucapiente legalizar su situación como propietario.
Explico todo esto por respeto a sus valiosas respuestas y sobre todo por los comentarios del Sr. Jesus Perez Gomez que me an parecido de gran profesionalidad.
Muchisimas gracias.

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Abogado - experto en Separacion y Divorcios
Con despacho en Huelva (Huelva)

Ejercite Vd. su derecho y recupere su propiedad. Le hará falta un abogado de su confianza que sabrá lo que tiene que hacer. Pacte sus honorarios por escrito, sin perjuicio de que le puedan imponer las costas del juicio al supuesto uscapiente. Si este no tiene buena fe, ni justo título y tampoco se han cumplido los plazos legales, dificilmente podrá privarle de su propiedad.

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Gracias por los animos Sr. Perez pero tengo miedo de que si se hallan cumplido los plazos. El abogado que fui a consultar me dijo que aunque en el transcurso de los treinta años habia una herencia, y por lo tanto un cambio de propietario en el registro de la propiedad, eso no había interrumpido el tiempo del usucapiente. ¿Es eso cierto? ¿o tengo alguna posibilidad?. gracias de antemano por su gran ayuda.

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Abogado - experto en Separacion y Divorcios
Con despacho en Huelva (Huelva)

Si él ha tenido la posesión pacífica e ininterrumpida durante el plazo de 30 años habrá adquirido el inmueble por usucapión, sin necesidad de buena fe ni de justo título. Debe Vd. estar seguro sobre el tema de los plazos y comprobar si ha existido algún requerimiento que permita alegar la interrupción del plazo.

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