¿SE PUEDE ACOMPAÑAR ESCRITO EN ACTO DE CONCILIACIÓN EN SMAC?

Dentro del Acto de Conciliación en el SMAC ¿se puede presentar un escrito oponiéndose a las pretensiones del trabajador? ¿Qué se hace? ¿Dices que no estás de acuerdo y levantan acta?

Es que es la primera vez que tengo ir al Smac en representación de una empresa y quiero presentar un escrito relatando la disconformidad con las aleganciones del trabajador.

Gracias de antemano.

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Respuestas

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Abogado - experto en Herencias y Sucesiones
Con despacho en Alicante (Torrevieja)

Hola,
El acto de conciliación en el SMAC es muy sencillo. Delante del funcionario estará Vd y el trabajador. Preguntará si hay algún tipo de acuerdo entre Vdes. Como veo que está de acuerdo en absoluto ha de decir 'sin avenencia' y ya está. Es un acto oral. Se levanta acta y se cierra el acto sin avenencia. Con la copia de ese acta el trabajador interpondrá la oportuna demanda ante en Juzgado de lo Social. Será en ese momento procesal cuando Vd como empresa demandada podrá alegar lo que estime oportuno, proponer prueba, testigos, documentos, informes, etc para hacer valer su versión de los hechos.
No olvide llevarse su DNI y la escritura de la empresa. Si no es el Administrador de la empresa vaya tambien provisto de un poder notarial para representarla debidamente.
Espero haberle sido de ayuda.
Reciba un cordial saludo.
Gabriel Padilla.
Abogado

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Abogado - experto en Familia
Con despacho en ALICANTE (Alicante)

Totalmente de acuerdo con el compañero, es un Acto de carácter verbal, y en ese momento no hace falta aportar ningún escrito de oposición, como si quiere decir que no está de acuerdo con las pretensiones de la parte contraria, y ya está. Lo que prefiera. Saludos,

M.Carmen Garcia
Abogada

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Al ser un procedimiento pensado (ingenuamente y/o teoricamente) para que las partes tengan oportunidad de llegar a un acuerdo, y, lo que si es mas practico, para duplicar los palzos de vida de la accion (que son muy cortos en esta jurisdiccion, entiendo que, en puridad de terminos no puede ser sede de "oposicion", propiamente dicha. Ello sin perjuicio de que se puedan hacer manifestaciones, que deberan constar en el acta, o unirse al acta si son presentadas por escrito, y con ellas se puedan acercar posturas para un arreglo extrajudicial. Y hasta aqui la opinion filosofica, la profesional es que la guerra es la guerra, y lo que quieres hacer dá pistas al enemigo. Los motivos de oposicion ya los podras exponer en la cotentacion a la demanda. Un saludo y suerte en el extreno.

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Estoy de acuerdo que el acto de conciliacion es para llegar a un acuerdo o no.
Ojo porque a raiz de la ultima reforma( Nov.2011 LRJS) se puede penalizar con el pago de costas la falta de asistencia empresarial.
De otro lado, el letrado conciliador puede tomar nota y plasmarlo en el acta el escrito que lleve Ud. con su oposicion aunque entiendo que si sirve de algo bien pero sino es cierto que lo habitual es decir que es injusto e improcedente dejando la defensa legal para el juicio oral.
Espero haber servido de aclaracion y suerte con esa primera vez, un saludo Begoña Gonzalez de Pujana

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